Seleccione la pregunta y siga los pasos recomendados.
El proceso cambia respecto a una madre cedulada, para ello en la sección CREAR nacimientos, debe pinchar la opción de búsqueda por nombres y registrar los apellidos y nombres de la madre indocumentada o extranjera
Dar click en buscar y aparecerán los registros relacionados con los apellidos y nombres que acabó de ingresar; si ninguno de los registros es el que está buscando (Revise los apellidos y nombres completos, así como fechas de nacimiento), seleccione REGISTRAR INDOCUMENTADA.
Llene cada uno de los campos que le solicita el sistema y continúe el mismo proceso que se registra para una madre identificada.
En el Sistema Nacional de Registro de Datos vitales – REVIT, módulo nacimientos se registran exclusivamente nacidos vivos; es decir el objeto del registro en la herramienta son los nacimientos que ocurrieron en el establecimiento de salud pero que tuvieron las características de un nacimiento vivo: a). Respire, b). Latidos del corazón; c). Pulsaciones del cordón umbilical; d). Movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria. Para mayor precisión de la definición del nacimiento vivo, revisar definición en CIE-10, volumen 2, pág. 197.
“Los nacimientos que no sean vivos; es decir los nacimientos muertos no son el objeto del registro en la herramienta REVIT – nacimientos; sin embargo si existen casos de nacimientos dobles o más y alguno de ellos es un nacido vivo y el otro u otros son nacidos muertos si se registran pero porque existe un nacimiento vivo, recordar que en información del parto actual se debe indicar cuántos nacidos vivos y muertos ocurrieron en el parto actual”.
Si, se deben registrar todos los casos que reúnan las características de un nacimiento vivo, pues de acuerdo a la definición internacional:
“Nacimiento vivo es la expulsión o extracción completa del cuerpo de su madre, independientemente de la duración del embarazo, de un producto de la concepción que, después de dicha separación, respire o dé cualquier otra señal de vida, como latidos del corazón, pulsaciones del cordón umbilical o movimientos efectivos de los músculos de contracción voluntaria, tanto si se ha cortado o no el cordón umbilical y esté o no desprendida la placenta. Cada producto de un nacimiento que reúna esas condiciones se considerará como nacido vivo”. Definición en CIE-10, volumen 2, pág. 197
Indicar con precisión la dirección y localidad de residencia, especialmente si se trata de un área rural. Finalmente si la madre no conoce su residencia habitual en ninguna de las opciones; es decir en provincia, cantón y parroquia, el profesional de la salud asignará como residencia la misma provincia, cantón y parroquia donde está ubicado el establecimiento de salud; es decir donde ocurrió el nacimiento.
Cuando el registro de nacido vivo REVIT no se encuentra firmado
Este procedimiento se puede realizar a través del REVIT- nacimientos, para ello primero es necesario que tenga en cuenta que los registros objeto de eliminación no deben estar firmados por el profesional de la salud.
Primero debe ir a la opción EDITAR, luego debe seleccionar el registro que desea anular, para ello consulte con los datos de la madre (apellidos y nombres o número de cédula), una vez seleccionado el registro, dando click en el casillero antecedido del signo visto, se habilitará el botón de ELIMINAR al final del listado de registros, dar click en este botón y el registro será eliminado.
Vuelva a ingresar el registro correcto ya sea en número de cédula de identidad de la madre o en el establecimiento de salud que le correspondía.
Cuando el registro del nacido vivo REVIT se encuentra firmado
En el caso de que el informe estadístico de nacido vivo REVIT ya se encuentre firmado y presente un error en cédula de la madre o establecimiento de salud, el procedimiento a seguir será realizar la anulación manual del REVIT y proceder con la entrega de un formulario físico de nacido vivo.
Para la anulación manual del registro del nacido vivo en el REVIT, el Establecimiento de Salud en donde se generó el REVIT solicita la anulación mediante oficio y detallando el error a la Dirección Nacional de Estadística y Análisis de Información de Salud de Ministerio de Salud Pública (MSP), quien a su vez solicita a la Dirección de Servicios de Registro Civil de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación la anulación del registro. Esto hasta que la anulación se pueda realizar desde el mismo establecimiento de salud para estos casos y más de una vez.
Se debe tener en cuenta que para que DIGERCIC proceda con la anulación manual de un registro de nacido vivo en el REVIT, este debe encontrarse en un proceso de anulación; es decir firmado previamente y anulado en el sistema.
Edición a través del sistema
Cuando un registro ya ha sido firmado electrónicamente por el profesional de la salud y posteriormente existe una notificación de algún tipo de error desde la madre u otros familiares; el mismo profesional de salud verificará si existe un error en el registro de nacido vivo, de ser así, el sistema REVIT – nacimientos brinda la opción de solución a este problema. Cabe mencionar que actualmente el sistema permite seguir con el procedimiento que se detalla a continuación por una sola vez.
Paso 1: El profesional de la salud debe identificar el registro con el error, para ello tenga en cuenta el número de cédula de identidad de la madre (caso de madres identificadas) o el número único de identificación madre (caso madres indocumentadas o extranjeras). Para ello acuda al módulo consultar firmados e indique el periodo de búsqueda (fecha de inicio y fecha de fin) y busque el registro que esta con error.
Paso 2: Una vez obtenido el número de cédula (madres identificadas) o número único de identificación madre (madres indocumentadas o extranjeras), el profesional de la salud debe seleccionar ANULAR y solicitar anulación, ingresa los datos ya sea de madre identificada o indocumentada según el caso y seleccione el registro dando click en el icono de visto, solicita la anulación, para ello es importante que el profesional detalle la justificación del porque la anulación y dar click en el botón solicitar y confirmar que desea anular el registro.
Paso 3: Cuando el profesional de la salud ha solicitado la anulación, interviene el SUPERVISOR del sistema, mismo que está registrado en el establecimiento de salud donde ocurrió el nacimiento y al cual se va a anular, dado que fue un registro ya firmado electrónicamente. El profesional de la salud puede hacer el seguimiento a su solicitud a través del módulo ANULAR y seleccionar consultar anulación.
Paso 4: El supervisor del sistema ingresa al REVIT – nacimientos con sus credenciales, existe una notificación en la parte superior derecha con color rojo con el texto POR APROBAR. El supervisor acude al módulo ANULAR y selecciona analizar anulaciones, identifica el registro que solicitó anular el profesional de la salud y lo selecciona, este estará con el texto PARA ANALISIS.
El supervisor cotejará la justificación que detallo el profesional de la salud con los datos consignados en la Historia Clínica de la madre, revisará los datos donde el medico ha indicado que existe el error. Si la justificación del profesional es correcta, el supervisor aprueba la solicitud; caso contrario puede rechazar la misma y detallará el porqué de su decisión.
Paso 5: Cuando el supervisor del sistema aprueba o rechaza la solicitud de anulación, se envía una notificación al profesional de la salud que generó la solicitud en la parte superior derecha de color rojo, indicando que existen registros POR EDITAR (cuando ha sido aprobada la solicitud por el supervisor) o RECHAZADAS (cuando el supervisor del sistema rechazo la solicitud).
El profesional de la salud selecciona el módulo EDITAR y acude a la bandeja editar registros anulados y encontrará el registro que deseaba para corrección de algún tipo de error en la información ingresada anteriormente, mismo que estará con estado de registro anulado.
Paso 6: El profesional de la salud seleccionará el registro dando clic en el icono de visto y aceptará el mensaje de confirmación de editar registro, se desplegará toda la información para que el profesional realice el cambio que requería.
Paso 7: Se vuelve a repetir el proceso de edición y firma electrónica del registro.
Anulación realizada por DIGERCIC
En caso de persistir algún error o cuando se trate de un error no modificable (cédula de la madre o establecimiento de salud, recordar que son registros ya firmados electrónicamente), el procedimiento a seguir será realizar la anulación manual del REVIT y proceder con la entrega de un formulario físico del Informe Estadístico de Nacido Vivo
Para la anulación manual del REVIT, el Establecimiento de Salud en donde se generó el REVIT solicita la anulación mediante oficio y detallando el error a la Dirección Nacional de Estadística y Análisis de Información de Salud de Ministerio de Salud Pública (MSP), quien a su vez solicita a la Dirección de Servicios de Registro Civil la anulación del registro.
Se debe tener en cuenta que para que DIGERCIC proceda con la anulación manual de un registro de nacido vivo en el REVIT, este debe encontrarse en un proceso de anulación; es decir firmado previamente y anulado en el sistema.
El profesional de la salud debe seleccionar la opción “Editar” del menú “Nacimiento”
Se visualizará una lista de registros ingresados y que pueden ser editados
Una vez que se ha seleccionado el registro que se desea editar de cualquiera de las listas, al presionar el ícono visto, se visualizará un mensaje para confirmar que se desea editar el registro seleccionado
Al dar clic en “Aceptar” se visualizará el formulario de los datos de la madre, con la información que se encuentra almacenada, todos los datos podrán ser modificados, a excepción de números de cédula de la madre o establecimiento de salud donde se generó el registro.
Cuando se haya finalizado la edición de los datos de la madre, para que los cambios sean almacenados debe hacer clic en guardar que se visualiza al final de la página guardar y se activará la sección Nacido Vivo.
En la sección de Nacido Vivo, dependiendo del número de hijos nacidos vivos registrados en la sección de la Madre del parto actual, se presenta la lista de registros de nacidos vivos.
Para modificar la información de un registro de nacido vivo debe dar clic en el icono, que se encuentra en la primera columna de la lista de nacidos vivos.
Luego de hacer clic en el icono, se desplegará la pantalla para ingreso de información para cambiar los datos del nacido vivo, los campos que pueden ser editados son: nombres, fecha de nacimiento, tipo de parto, apgar 1, apgar 2, talla, peso, sexo, tipo de sangre, tiene malformaciones congénitas y observación.
Dar clic en el botón “Guardar”, para que los cambios sean almacenados y se activará el bloque del profesional, dar clic en guardar y firmar electrónicamente
Se cuenta un Instructivo para soporte del sistema REVIT, el mismo que se encuentra en:
Configuración del Adobe Acrobat
Para poder visualizar un documento firmado electrónicamente de forma correcta se debe realizar ciertas configuraciones al Adobe Acrobat para que valide con el certificado raíz instalado del Banco Central.
En la barra de menú seleccionar la opción Edición, de las opciones que se visualizan seleccionar Preferencias
En la opción de Preferencias, seleccionar la opción Firmas, en la parte derecha hacer clic en el botón “Más” de la opción Verificación
Se visualizará una ventana con las preferencias de verificación de firmas, las opciones que deben estar marcadas, son las que se muestran en la Figura.
Una vez realizadas estas configuraciones, se puede verificar abriendo un documento firmado electrónicamente y constatar que la firma es válida.
Al momento el sistema cuenta únicamente con sexo hombre mujer, por tanto no se puede registrar nacidos vivos con sexo indefinido, el establecimiento de salud continuará entregando el formulario físico del “Informe Estadístico de Nacido Vivo – INEC”
No es indispensable la entrega del formulario REVIT – nacimientos en su manera física, la madre para inscribir al recién nacido únicamente necesita presentar en el Registro Civil la cédula de identidad.
Solamente se entregará el formulario físico REVIT - nacimientos cuando la madre o el familiar del recién nacido lo requiera.
Para los registros de nacido vivo de madres indocumentadas o extranjeras, el establecimiento de salud debe garantizar la entrega del número único de identificación madre a los familiares del recién nacido, pues este número permite identificar al registro en el sistema de inscripciones de nacimientos en las oficinas de Registro Civil.
Y en referencia a los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Simplificación de Trámites – PNST aprobado el 16 de marzo de 2016 que expresa el siguiente contenido en la simplificación de trámites; “Garantizar a la ciudadanía el derecho a un Estado eficiente que brinde solución oportuna y efectiva a sus problemas, haciendo más sencillos, más fáciles y menos complicados los procedimientos administrativos” así como también se cita los siguientes objetivos específicos que se mencionan a continuación:
Finalmente, se pone énfasis en el Acuerdo Ministerial No. 131, del Ministerio del Ambiente; en el que se expide la Políticas Generales para Promover las Buenas Prácticas Ambientales en Entidades del Sector Público, en el Titulo II, Capítulo II, Art. 14 en los que se menciona:
“La política de buenas prácticas ambientales deberá incorporar un sistema informático cero papeles en la gestión de documentación interna, sus costos y beneficios, o en su defecto, cada Institución deberá diseñar un mecanismo de comunicación electrónica interna que permita el ahorro del papel”.
Si es posible
La opción de reasignar registros, permitirá al Supervisor asignar registros que se encuentran en estado “Edición” (Pues están incompletos sin firma electrónica).
Los registros incompletos de nacimientos en REVIT, serán reasignados en los casos:
El supervisor reasignará los registros incompletos a un usuario que dispone el perfil “Gerente de Unidad” o “Jefe de servicio” en el establecimiento de salud.
El Supervisor debe seleccionar la opción “Reasignar” del menú “Nacimiento”, y visualizará la pantalla en la que se carga dos combos (listados):
El Supervisor deberá seleccionar del listado “Profesional”, el Profesional de Salud al cual se le retirará los registros que están en edición y pendientes de firma electrónica.
Posteriormente debe seleccionar del listado “Profesional a reasignar”, el usuario al cual se le pasará los registros para la edición y respectiva firma electrónica.
Una vez seleccionado los Profesionales de la Salud, se habilitará el botón “Buscar”.
El Supervisor debe presionar el botón “Buscar”, y visualizará la lista de “Registros de nacimiento” que el “Profesional” seleccionado tiene en estado incompleto o pendientes de firma electrónica.
En la primera columna del listado se visualiza una caja de selección que permite seleccionar el o los registros que va a reasignar, debe seleccionar al menos un registro y se habilitará el botón “Reasignar”.
Debe presionar el botón “Reasignar”, se visualizará la ventana de confirmación, para continuar si está seguro presione presionar el botón “Si”, caso contrario el botón “No” y regresará a la pantalla anterior.
Una vez que se presiona la opción “Si”, se procederá con la reasignación y presentará el siguiente mensaje.
Inmediatamente a la presentación del mensaje, la lista de “Registros de nacimiento” se actualizará, y evidenciará que el registro que seleccionó para reasignar ya no consta en la lista.
Nota: Si se selecciona un registro que pertenece a un parto múltiple y se reasigna, automáticamente se reasignarán todos los registros asociados al parto múltiple.
Al finalizar la reasignación y actualizada la lista de registros, el Supervisor podrá seguir reasignando más registros.
Los registros reasignados el Profesional de Salud, a quién se le asignó podrá visualizarlos en la opción “Editar” del menú “Nacimiento” y continuar con el proceso de edición y firma electrónica.
Esta funcionalidad permite firmar registros reasignados, registros anulados; cuya fecha de firma es extemporánea, es decir está fuera del rango permitido para la firma que son 3 días luego del hecho vital, pero previamente deben estar completos; es decir solo debe estar pendiente la firma electrónica.
Nota:
La validación de los tres días está en base a la fecha actual.
En la pantalla de Firmar registros anulados y reasignados por firmar, se dispone como criterio de consulta la fecha de creación inicio y fecha de creación fin, por defecto los valores que se cargan en las fechas es:
Ejemplo:
a) Si la fecha actual es 18 de abril de 2016.
En Fecha inicio se visualizará 19 de abril de 2015.
En Fecha fin se visualizará 14 de abril de 2016.
Esto porque los registros creados desde el 15 de abril de 2016, se pueden firmar hasta el 18 de Abril de 2016.
b) Si la fecha actual es 21 de julio de 2016.
En Fecha inicio se visualizará 22 de julio de 2015.
En Fecha fin se visualizará 17 de julio de 2016.
Esto porque los registros creados desde el 18 de julio de 2016, se pueden firmar hasta el 21 de julio de 2016.
En base a los valores que se cargan en las fechas se presentará el listado de registros por firmar.
Si, los profesionales utilizarán las mismas credenciales del establecimiento de salud, en el que fue creado por primera vez.
Ejemplo:
No puede hacer el registro, dado que el sistema tiene una temporalidad entre la fecha de nacimiento y la fecha actual, por lo que se solicita que cada uno de los profesionales registre el nacimiento en el plazo establecido luego de ocurrido el hecho vital, máximo en 3 días posteriores.
Cada Establecimiento de salud contará con una persona responsable de coordinar todo lo relacionado con el sistema; en cuanto a la creación de usuarios cada profesional de la salud debe previamente contar con un dispositivo de firma electrónica sea TOKEN o certificado electrónico y canalizará desde el Gerente del establecimiento de salud hacia la Dirección de Estadística del MSP la creación de los mismos.
El establecimiento de salud entregará el formulario físico del Informe Estadístico de Nacido Vivo –INEC si efectivamente ocurrió el nacimiento en las instalaciones del establecimiento, además la madre debe presentar el certificado otorgado por el Registro Civil en el que conste que el nacido vivo no ha sido inscrito (Certificación de no estar inscrito). Tener en cuenta que la entrega de formularios físicos para registros de nacimientos aplica antes de la entrada en producción del REVIT – nacimientos. A partir de la implementación del REVIT – nacimientos, independientemente de la temporalidad que haya trascurrido, no se requiere entregar un formulario físico, dado que el registro ya se encuentra en el sistema.
En la opción EDICION, se encuentran 2 bloques:
Deberá ingresar a la página WEB del Banco Central:
El supervisor del sistema visualizará mensajes de alerta, esta notificación se encontrará ubicada en la parte superior derecha.
El profesional de la salud visualizará mensajes de alerta, esta notificación se encontrará ubicada en la parte superior derecha del REVIT
Si puede generar, si la madre del recién nacido se acerca a notificar que alguna de las variables del nacido vivo se encuentran con error, previo a la generación de la anulación, el supervisor debe constatar con el documento de Historia Clínica para evidenciar que efectivamente existió el error, y será notificado al médico para que proceda con la edición y firma del registro, esto posterior a la anulación.
A una madre indocumentada se le entregará el número único de identificación madre, el mismo que se encuentra ubicado a lado derecho de los nombres y apellidos de la madre; o podrá visualizar en la opción CONSULTAR FIRMADOS, número que servirá para que se acerque a cualquier oficina del Registro Civil a inscribir al Nacido Vivo.