Página 36 - LIBRO buen vivir

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Cuadro 2.4. Comparación de los derechos del Buen Vivir y los derechos de los grupos de atención
prioritaria en la Constitución de 2008
Derechos del Buen Vivir
Adultas y adultos
mayores
Mujeres
embarazadas
Niñas, niños y
adolescentes
Personas con discapaci-
dad
Personas con
enfermedades
catastróficas
Agua (Art. 12).
Acceso seguro y permanente a alimentos
sanos, suficientes y nutritivos (Art. 13).
Vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado (Art. 14).
Comunicación (Art. 16).
Comunicación (Art. 47,
num. 11).
Información (Art. 18).
Recibir información acerca
de sus progenitores o
familiares ausentes (Art.
45).
Construir y mantener su propia identidad
cultural, a decidir sobre su pertenencia
a una o varias comunidades culturales
y a expresar dichas elecciones; a la
libertad estética; a conocer la memoria
histórica de sus culturas y a acceder a
su patrimonio cultural; a difundir sus
propias expresiones culturales y tener
acceso a expresiones culturales diversas
(Art. 21).
Cultura (Art. 45).
Desarrollar su capacidad creativa,
al ejercicio digno y sostenido de las
actividades culturales y artísticas, y a
beneficiarse de la protección de los
derechos morales y patrimoniales que
les correspondan por las producciones
científicas, literarias o artísticas de su
autoría (Art. 22).
Acceder y participar del espacio público
(Art. 23).
Recreación y esparcimiento (Art. 24).
Recreación (Art. 45).
Práctica del deporte (Art. 24)
Deporte (Art. 45).
Tiempo libre (Art. 24)
Gozar de los beneficios y aplicaciones
del progreso científico y de los saberes
ancestrales (Art. 25).
Educación (Art. 26).
Educación (Art. 45).
Educación (Art. 47, num.
7 y 8).
Hábitat seguro y saludable (Art. 30).
Vivienda adecuada y digna (Art. 30).
Vivienda (Art. 37,
num. 7).
Vivienda (Art. 47, num. 6).
Disfrute pleno de la ciudad y de sus espa-
cios públicos (Art. 31).
Salud (Art. 32).
Salud (Art. 37, num.
1).
Salud materna (Art.
43, num. 2, 3 y 4).
Salud (Art. 45).
Salud (Art. 47 num. 1) y re-
habilitación integral (Art.
47, num. 2).
Salud
(Art.
50).
Trabajo. El Estado garantizará a las
personas trabajadoras el pleno respeto
a su dignidad, una vida decorosa,
remuneraciones y retribuciones justas y
el desempeño de un trabajo saludable
y libremente escogido o aceptado (Art.
33).
Trabajo (Art. 37, num.
2).
Trabajo (Art. 47, num. 5).
Seguridad Social (Art. 34).
Seguridad social (Art. 45).
Jubilación universal
(Art. 37, num. 3).
Rebajas
en
los
servicios públicos y
en servicios privados
de
transporte
y
espectáculos (Art. 37,
num. 4).
Rebajas en los servicios
públicos y en servicios
privados de transporte
y espectáculos (Art. 47,
num. 3).
Exenciones en el
régimen
tributario
(Art. 37, num. 5).
Exenciones en el régimen
tributario (Art. 47, num.
4),