Página 144 - Memorias 13 abr 2017

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I N S T I T U T O N A C I O N A L D E E S T A D Í S T I C A Y C E N S O S
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Quedan excluidos los directores de las sociedades
registradas y miembros de los comités de accionistas
cuando se les paga únicamente por su asistencia a
las reuniones.
8.2. TRABAJADORES FAMILIARES Y OTROS NO
REMUNERADOS
Son miembros de la familia del propietario o de los
propietarios de la empresa, que trabajan en la misma
por lo menos una tercera parte de la jornada semanal
(más de 13 horas); sin remuneración regular, es decir,
sin recibir una suma convenida por el trabajo realizado,
incluye también a los aprendices no remunerados.
Esta categoría no es aplicable a los establecimientos
constituidos en sociedades de capital: Cía. Limitada,
Cía. Anónima, etc.
8.3. TRABAJADORES EJECUTIVOS Y GERENCIALES
REMUNERADOS
Comprende aquel personal que se desempeña
en cargos ejecutivos y gerenciales, participando
activamente en las labores de la empresa y que
reciben a cambio una remuneración fija mensual.
Sobre todo en las empresas grandes siempre habrá
esta información. Aquí estará registrado el Gerente
del establecimiento; Directores Administrativos,
Financieros, de Recursos Humanos, etc.,
8.4. OBREROS (Incluye mano de obra directa,
indirecta y personal a contrato)
Son aquellos trabajadores, directamente vinculados
al proceso productivo desde el momento de ingreso
de los insumos de la empresa hasta la expedición de
los productos o a actividades conexas a la misma.
Por ejemplo: las personas que efectúan labores
de fabricación, reparación y mantenimiento de
maquinaria y activos fijos, elaboración o montaje y
mensajeros de taller. También se incluyen personas
que efectúan labores conexas tales como fogoneros,
envasadores, chóferes de camiones, etc.
En el sector Minero se incluye todo el personal que
trabaja en la extracción y explotación de minas.
Obreros existirá solamente si la empresa investigada
es manufacturera o minera.
PARA COMERCIO Y SERVICIOS
Deberá existir esta información, solamente si la
empresa investigada, tiene como actividad secundaria,
la producción o fabricación de bienes
8.5. EMPLEADOS (Personal administrativo y de
ventas incluye personal a contrato)
Incluye a todo el personal administrativo, tales como:
contadores, auxiliares de contabilidad, secretarias,
personal de laboratorio e investigación, vendedores,
personal de limpieza (no de fábrica), chóferes (no de
camiones), conserjes y vigilantes, que perciben una
remuneración.
Para Manufactura y Minería incluye además los
profesionales y técnicos que participan en el proceso
productivo (Ingenieros: químicos, industriales,
mecánicos industriales, etc.).
PARA COMERCIO
Incluye al personal de ventas que comprende: de
mostrador, las cajeras, los chóferes que trabajan en
la distribución de los productos y otros que apoyan
la labor de Comercio (empacadores, clasificadores y
despachadores).
PARA SERVICIOS
En las empresas de Servicios, en cuanto al personal
remunerado, a más de los Trabajadores Ejecutivos
y Gerenciales, solamente existirá la categoría de
empleados.
Además del personal enunciado en los sectores
Manufacturero y Comercio, debe incluirse a:
artistas, locutores, operadores de máquinas de
cine, fotógrafos, peluqueros, peinadoras, porteros,
botones, ascensoristas, camareros, mozos, cocineros,
meseras, recepcionistas, telefonistas, mecánicos,
personal médico y paramédico, personal de lavandería,
dibujantes,
diseñadores,
pintores,
publicistas,
músicos, etc.