Mediante oficio Nro. SERCOP-DN-2019-1246-OF de 26 de noviembre de 2019 el SERCOP señala que : “…ha procedido conforme lo previsto en el numeral 2 del artículo 43.2 de la Codificación y Actualización de Resoluciones emitidas por el SERCOP; es decir, con la respectiva actualización y suspensión del Registro Único de Proveedores y la inclusión en el Registro de Incumplimientos, en calidad de adjudicataria fallida a la señora María Nathalia Barzallo Paredes, con RUC Nro. 0800969446001.”
En cumplimiento al artículo 146 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -RGLOSNCP, establece que la resolución de terminación unilateral del contrato emitida por la respectiva entidad contratante, será publicada en el Portal Institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública y en la página web de la entidad contratante, lo cual inhabilitará de forma automática al contratista registrado en el RUP, se procede a publicar dicha información:
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