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Las fechas previstas para la difusión de las operaciones estadísticas que constan en el Calendario 2023, fueron aprobadas por el Consejo Nacional de Estadística y Censos en la reunión del 22 de diciembre de 2022; lo descrito, en cumplimiento de la normativa vigente (Ley de Estadística, art. 7).
Si el día de publicación de resultados de una operación estadística coincide con un fin de semana o feriado nacional,
la difusión se trasladará al día laboral posterior.
Las instituciones que vean comprometida la fecha planificada de publicación de sus operaciones estadísticas, podrán solicitar al INEC la reprogramación, conforme las directrices establecidas en la normativa vigente (Norma Técnica para el Cumplimiento de la Publicación Oportuna y Puntual de los Resultados
de las Operaciones Estadísticas, art. 9).
En caso de que el Presidente de la República, a través de Decreto Ejecutivo, decida prolongar los días de asueto por feriados nacionales, las entidades responsables de la difusión de operaciones estadísticas que se realicen en un día laboral, podrán trasladar su difusión, sin necesidad de acogerse al
artículo 9 de la Norma Técnica para el Cumplimiento de la Publicación Oportuna y Puntual de los Resultados de las Operaciones Estadísticas.
Las operaciones estadísticas que tengan como fecha de publicación los días laborables, no considerarán para el efecto los días de feriado local,
únicamente se contemplarán los definidos como días de asueto nacional.
Para aquellas operaciones estadísticas que se encuentran en etapa de construcción y/o producción, y no cuentan con un micrositio para visualizar
sus resultados, se informará de manera oportuna la fecha de publicación, así como el link en el que se encortarán los productos resultantes.
Esta nota aplica para fuentes como: Censo de Población y Vivienda y la Encuesta Nacional de Desnutrición Infantil (ENDI)
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